viernes, 19 de marzo de 2010

Ya está en el Congreso la Reforma a la Ley Tributaria


La iniciativa ingresó por la Cámara de Diputados y será girada a la Comisión de Presupuesto y Hacienda. Adecua el monto tope para la evasión impositiva simple, al incrementarla de los 100.000 pesos actuales a $1 millón. Se mantiene la pena de 3 años y medio a 9 años de prisión para los delitos de evasión impositiva agravada. El proyecto prevé también la incorporación como figura ilícita penal tributaria a las evasiones concretadas contra el gobierno porteño y los gobiernos provinciales. El proyecto eleva de 2 a 6 años la pena de prisión en el caso de evasión simple; mientras que serán comprendidos bajo la figura de evasión agravada a los que falseen declaraciones o mientan en los montos declarados.
POR RICARDO MANGANO
19/03/2010 CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24). La presidente Cristina Fernández de Kirchner ya envió al Congreso de la Nación, el proyecto de reforma a la Ley Penal Tributaria, con el objetivo de profundizar la lucha contra la evasión y el contrabando y que apunta a brindar a la justicia mayores herramientas para perseguir a los grandes evasores.
La iniciativa adecua el monto tope para la evasión impositiva simple, al incrementarla de los $100.000 actuales a $1 millón.
A su vez, eleva el total evadido a $1 millón que se computará, sumando el importe final de los impuestos evadidos por período, sin ninguna diferenciación entre ellos.
En tanto, se mantiene la pena de 3 años y medio a 9 años de prisión para los delitos de evasión impositiva agravada.
El proyecto prevé también la incorporación como figura ilícita penal tributaria a las evasiones concretadas contra el gobierno porteño y los gobiernos provinciales.
En este último caso, la justicia ordinaria actuará en los casos presentados a nivel provincial, mientras que para la órbita del gobierno nacional seguirá actuando la justicia federal.
El proyecto eleva de 2 a 6 años la pena de prisión en el caso de evasión simple; mientras que serán comprendidos bajo la figura de evasión agravada a los que falseen declaraciones o mientan en los montos declarados.
Desde el Gobierno fundamentan que "la reforma busca también ampliar la intervención procesal de la AFIP para casos de mayor relevancia, ya que los indicadores de evolución total de las causas demuestran que cuando participa el organismo fiscal -como querellante- se obtiene una exponencial mejora en los índices de condenabilidad".
Otro delito que se incorpora es la adulteración de controladores fiscales y cualquier otro sistema homologado o suministrado por el fisco.
Con relación al aprovechamiento indebido de subsidios, la normativa vigente sanciona a quienes utilicen reintegros, recuperos o devoluciones otorgadas por el Gobierno Nacional.
También se elevaron los montos en la falta de ingreso de las retenciones tributarias y de los aportes previsionales (de $10.000 a $20.000 por mes); y de la evasión previsional simple (de $20.000 a $50.000), manteniéndose como agravante para esta última sólo la utilización de testaferros.

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